Recoge los ingresos que, en su caso, se puedan derivar de los Impuestos Especiales sobre fabricación y consumos específicos. Se incluirán los que resulten de la cesión de estos impuestos cuando la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establezca dicho recurso.
No hay más subpartidas. Volver a la partida padre: Impuestos indirectos.
No hay distribución asociada a esta partida.